VI CAMPEONATO DE ANDALUCÍA ORIENTAL DE CABALLOS DE PURA RAZA ESPAÑOLA

BASES

 

Art.1 El Excmo. Ayuntamiento de Baza organiza el VI CAMPEONATO de Andalucía Oriental de Caballos P.R.E., de acuerdo con lo dispuesto en las siguientes Bases.

OBJETIVOS

Art.2 Los objetivos que se pretenden con la organización de este Concurso son los siguientes:

  1. Contribuir al fomento, expansión y prestigio de la cría del Caballo de Pura Raza Española en España y en el extranjero.
  2. Facilitar a nuestros ganaderos la posibilidad de una mejor selección de sus productos.
  3. Impulsar la comercialización del Caballo de Pura Raza Española.

ORGANIZACION

Art.3 Se constituye un Comité Organizador que será el responsable de la dirección, gestión y administración del Concurso..

Estará compuesto por:

Presidente: D. Antonio Martínez Martínez, Alcalde de Baza
Comisario del Certamen: Ramón Pozo Asensio
Director Técnico: Angel Martínez Gómez

Art.4 El Presidente del Comité Organizador es el máximo responsable del Certamen y ostentará y de él dependerá el resto de componentes del Comité e igualmente tendrá la potestad de nombrar a los vocales que considere oportunos o relevar de sus cargos a unos y otros, antes o durante el Concurso.

  • El Comisario del Certamen, ostentará la representación permanente del Comité Organizador en cuanto a la dirección, gestión y administración del mismo. Velará en todo momento por el cumplimiento de las presentes bases así como de la parte técnica, y que las instalaciones y pista del concurso reúnan las condiciones precisas.

  • El Director Técnico será el responsable de la parte técnica del concurso.

  • Se nombrará un Jefe de Pista que será el encargadode comprobar la numeración y nombre de todos los ejemplares, ordenar su entrada y salida a pista y mantener comunicación con los mayorales.

 

JURADOS

Art.6 Existirá un Jurado Superior o de Apelación. Este Jurado será nombrado por el Comité Organizador y ostentará la máxima autoridad. Entre sus funciones está resolver cuantas incidencias se presenten en el Concurso, en la aplicación de estas bases, excepto en materia de calificación de ejemplares, cuya máxima autoridad la ostentará el Juez Calificador. Las decisiones del Jurado de Apelación son inapelables y estará compuesto por:

Presidente:
Antonio Martínez Martínez, Presidente de la Comisión Organizadora.

Vocales:
Comisario del certamen
Director Técnico.
Veterinario del Certamen.

Art.7 Existirá un Jurado de Admisión compuesto por un veterinario y un miembro del Comité. Sus funciones serán las siguientes: examinar los ejemplares a su llegada al recinto y la documentación oficial solicitada al efecto (sanitaria, genealógica, etc.). Asimismo observará a los ejemplares antes de la presentación al Juez Calificador, al que le informará sobre cualquier anomalía física u orgánica detectada en los mismos.

Art.8 Habrá dos Jueces Calificadores asistidos por un Secretario. Su decisión en cuanto a la calificación y clasificación de los ejemplares será inapelable.
El juez o los jueces se limitarán a juzgar los ejemplares en pista siguiendo las normas establecidas, sin comentar entre ellos las condiciones buenas o malas de un ejemplar para evitar influir en el ánimo de otro Juez.
El juez no tocará los ejemplares presentados si bien, al observar un defecto descalificante lo pondrá en conocimiento del veterinario del Jurado de Admisión para que sea observado y proceda a retirarlo de la pista si diera lugar.
Por su condición de juez, tampoco podrá presentar, montar, enganchar o tener del ramal ningún ejemplar inscrito en el concurso, así como tampoco podrá asumir funciones de organizador, comentador, ni funciones relacionadas con el concurso.
El juez o los jueces no podrán recibir ni dar ninguna indicación concerniente de los caballos, sus orígenes o resultados en concursos anteriores o de sus propietarios. Sí puede sin embargo dar esta información una vez que se hayan hecho públicas las calificaciones.
Los jueces no podrán visitar las instalaciones o propiedades de un ganadero justo antes o durante el concurso, ni aceptar su hospitalidad.
Ningún juez deberá juzgar deliberadamente un caballo sobre el que haya un conflicto de intereses real o supuesto, que se dará en los siguientes casos:

  • Ha sido vendido o comprado por un juez, tanto como propietario como por intermediario.
  • Es propiedad total o parcialmente de un juez, de un miembro e su familia o de un socio de éste en negocios de ejemplares de P.R.E.
  • Ha sido criado por el juez o es propiedad de una ganadería en la que está empleado el juez.
  • Ha sido examinado o tratado regularmente por el juez en su condición de profesional.
  • Si hubiera parentesco familiar entre el juez y el ganadero o presentador hasta el segundo grado.

    Si el conflicto de intereses se presentara en un concruso que está siendo juzado por 1 o 2 jeuces el ejemplar se retirará de la competición y se tendrá por no inscrito.

CALIFICACIONES

Art.9 El Juez orientará sus calificaciones de acuerdo con los parámetros establecidos en el prototipo del Caballo Español. La observación del ejemplar para la calificación será visual. Nunca se podrá tocar o señalar ostensiblemente zonas o partes concretas del ejemplar en la pista por parte del Juez.

Art.10 El Secretario del Juez entregará al Presidente del Comité Organizador las actas correspondientes, debidamente firmadas por el Juez, en la que aparecerán los resultados y calificaciones de los ejemplares de cada sección.

Art.11 Si en alguna de las Secciones a juzgar ninguno de los ejemplares en ella presentados tienen a juicio del Juez la calidad suficiente para ser calificado en los primeros lugares, éste puede ser declarado desierto pasando a clasificarse los mismos en los restantes puestos.

Art.12 Dentro de la pista de presentación, el Juez asume la máxima autoridad, pudiendo exigir la presentación de los ejemplares en la posición que más convengan a su función así como que ejecuten los movimientos que considere oportunos.

Los animales al salir a la pista solamente podrán llevar serretones o cabezadas de presentación quedando terminantemente prohibido cualquier otro artilugio que modifique la presentación natural del mismo. Por otra parte, una vez que los ejemplares participantes en cualquier sección hayan entrado en la pista de calificación, éstos no la podrán abandonar por ningún concepto, salvo con la autorización expresa del Juez.

Art.13 Los Jueces emplearán en todas sus actuaciones de los diferentes Certámenes, los impresos oficiales para efectuar sus calificaciones, según el procedimiento que se elija en cada caso, debiendo éste hacerse público antes del comienzo de cada concurso. Para rellenar las fichas siempre se utilizarán rotulador, bolígrafo, pluma, etc., nunca lápiz. Si existieran tachaduras o enmiendas, se tendrán por válidas cuando el juez las asuma firmando las mismas.
Los métodos a utilizar podrán ser los siguientes:

  1. Por el método comparativo, asignando una puntuación total a cada uno de los ejemplares finalistas. Cuando esta fórmula se lleve a cabo por más de un juez, cada uno de ellos asignará un número de puntos a los finalistas y la división entre el número de jueces determinará el puesto de cada ejemplar. Este método sólo se podrá emplear en los concursos con menos de 75 ejemplares.

  2. Por el método de ficha por regiones, en cuyo caso la suma de las puntuaciones de la ficha de cada juez, dividida por el número de jueces decidirá la media de los puntos de cada ejemplar y el puesto en la calificación de la sección.

    1. Según lo establecido en el apartado b) del artículo 15 del presente reglamento cuando fuera necesario eliminar algunos ejemplares por el sistema de rueda y participe más de un juez, para que un ejemplar sea eliminado, tendrán que coincidir dos jueces

    2. Durante la calificación de una sección los jueces podrán exigir para su mejor reconocimiento la presentación o movimientos de un ejemplar en la forma que consideren oportuna. Para ello, cada uno de los jueces intervinientes deberá rellenar una ficha recogida en el Anexo IX indicando las regiones que motivan la eliminación del ejemplar, obviamente, siguiendo el mismo criterio que se observaría para el juzgamiento final.

    3. En el método de ficha por regiones, las distintas secciones se juzgarán con los anexos siguientes:
            · Secciones 2º, 4º y 6º: Anexo I
            · Secciones 1º, 3º, 5º, 7º, 9º y 11ª: Anexo II
            · Secciones 8º, 10º y 12ª: Anexo III
            · Sección 13ª: Anexo VI
  3. La prueba de funcionalidad será obligatoria para los sementales de las secciones 8º, 10º y 12º para completar su calificación. La puntuación obtenida en dicha prueba supondrá el 25% de la puntuación total, correspondiéndole el 75% restante a la puntuación obtenida en morfología. La puntuación se aplicará de forma directa tal como se indica en la tabla de los anexos IV y V, siendo el primero de ellos para las secciones 8' y 10', y el segundo para la sección 12'.

  4. Para determinar el Campeón de Mejores Movimientos se aplicará el Anexo VIII.

  5. El Premio a la Mejor Ganadería Ciradorao o Expositora, se obtendrá según lo establecido en el Anexo X así como el 2º clasificado en la Mejor Ganadería Ciradora.

PROCEDIMIENTO

Art.14 Como se establece en el artículo 13, el procedimiento para juzgar las distintas secciones de un Concurso Morfológico, dependerá del número de ejemplares de cada una de ellas, así como de los jueces que intervengan en el juzgamiento. En cualquiera de los casos que elija el Comité organizador, deberá tener en cuenta los siguientes puntos:

  1. Como regla general, se eliminarán por el sistema de rueda, dejando en pista el número que corresponda aplicando lo establecido en el punto d) de este mismo artículo.
  2. Cuando el número de ejemplares de una sección sea tan amplio que no quepa en la pista de presentación, estos se dividirán en cuantas tandas sea necesario.
  3. Una vez han entrado en pista los ejemplares de una tanda, el juez o los jueces procederán a examinar a todos ellos la morfología y sus movimientos al paso y al trote, para lo cual se colocarán todos en el lateral de la pista preparado al efecto, en orden inverso a su numeración, tal y como queda indicado en el Anexo XI y se irán pasando uno por uno por la zona reservada a juzgamiento.
  4. Para determinar el número de ejemplares que deberá quedar en pista en cada una de las secciones se establecerá la siguiente tabla: Secciones con menos de 25 ejemplares: 10 finalistas Secciones entre 25 y 50 ejemplares: 12 finalistas. Secciones con más de 50 ejemplares: 15 finalistas. Cuando en una sección concurran menos de 15 ejemplares se juzgarán todos y cada uno de ellos por el métod de ficha por regiones, si bien la prueba de funcionalidad sólo la realizarán los finalistas.
  5. En todos los casos y sea cual fuere la forma de calificación establecida en este reglamento, el juez o los jueces, una vez clasificados los ejemplares finalistas, no podrán alterar el orden modificando la puntuación de los ejemplares.
  6. En caso de empate en la puntuación final de una sección, se resolverá por el Juez que previamente haya determinao el Comité Organizador para cada sección.. En las secciones de sementales se aplicará dicho método cuando coincidan las puntuaciones en morfología y funcionalidad. Cuando esto no ocurra, se clasificará por delante el ejemplar con mejor nota morfológica.

DOCUMENTACION

Art.15 Pueden participar los caballos, yeguas, potros y potras de P.R.E., inscritos en el Registro-Matrícula, bien en el registro de nacimientos o en el registro definitivo de reproductores según el que por su edad le corresponda.

Art.16 Los ganaderos que concurran con sus ejemplares al Concurso, quedan obligados a entregar al Jurado de Admisión, las fotocopias de las Cartas de Origen o Certificados de Nacimiento de los mismos, así como a facilitar cualquier dato de identificación que les sea requerido. Todos los ejemplares presentados por una ganadería serán de su propiedad.

CONDICIONES SANITARIAS

Art.17 Los animales procederán de explotaciones en las que en los últimos treinta días anteriores al transporte no se haya detectado la presencia de enfermedad infecto contagiosa.

Deberán haber sido sometidos a tratamiento contra parasitosis internas y externas.


Los animales autorizados se desplazarán portando la siguiente documentación, que podrá ser exigida por los Servicios Veterinarios Oficiales:

  • Tarjeta sanitaria equina.
  • Guía de origen y sanidad pecuaria.
  • Certificado del Veterinario que acredite el cumplimiento del punto 2 del presente Condicionado.
  • El transporte de los animales se efectuará directamente desde las explotaciones, en vehículos previamente desinfectados, desinsectados y acondicionados.
  • Cuando se trate de ejemplares que participen en secciones de reproductores (secciones 9ª a 13ª) estos deberán acreditar haber pasado las revisiones correspondientes que lo acrediten como reproductor, según la legislación vigente en cada momento (se excluyen las secciones 7ª y 8ª).
  • En las secciones 9ª, 11ª y 13ª, se deberá aportar certificado de inscripción de algún producto suyo nacido en los 5 últimos años.
Sólo se podrán presentar a concurso, ejemplares que estén dentro de las capas autorizadas en el Registro de la Raza.

SERVICIO VETERINARIO

Art.18 Habrá un Equipo Veterinario compuesto por un Veterinario y auxiliado por un Herrador. Estará a disposición de los Señores Ganaderos y sus emolumentos correrán a cargo de la Organización, no así los gastos de medicamentos que serán por cuenta del ganadero.

RECEPCIÓN DE LOS ANIMALES

Art.19 El Comité Organizador designará un JURADO DE ADMISIÓN compuesto, como mínimo, del Comisario del Certamen, el Director Técnico y el Veterinario especialista en equinos, auxiliado por un equipo adecuado al número de animales a recepcionar. El jurado encargado de la recepción examinará cuidadosamente los puntos exigidos en el artículo anterior y exigirá los expuestos en los apartados siguientes:

  1. Guías de sanidad y transporte.
  2. Certificado sanitario que en cada momento y lugar exijan las autoridades competentes y enunciadas por el Comité Organizador.
  3. Fotocopia de las cartas genealógicas de los ejemplares que asistan al concurso.
  4. Comprobación del microchip para determinar que el ejemplar corresponde a la documentación presentada.
  5. El jurado de admisión, previo examen del veterinario, podrá rechazar a aquellos ejemplares que manifiesten algún defecto físico, bien de carácter congénito o accidental, o con fundadas sospechas de enfermedad, siempre que no se presuma pueda ser curado antes de su salida a pista, en cuyo momento el mismo veterinario dará autorización para su participación. El Jurado de Admisión, como máxima autoridad durante los días de entrada del ganado es el responsable de admitir o rechazar aquellos ejemplares que no se ajusten a las normas establecidas en el presente reglamento. Una vez ha sido autorizada la recepción del animal por el Jurado de Admisión como apto para concursar, se considerará como oficialmente inscrito, siendo obligatoria su participación en la sección que le corresponda. En caso de no comparecer a pista se entenderá exlcuido en la rueda clasificatoria de su sección, obteniendo la puntuación establecida a sus efectos en el anexo X Igualmente, podrá efectuar cuantos controles sobre los animales estime oportunos durante la duración del concurso. Las decisiones de este jurado podrán ser recurridas ante el Jurado Superior.

    DE LOS EJEMPLARES

    Art. 20: Todos los ejemplares que vayanb a ser presentados a Concurso deberán estar en buen estado fisico y cumplir además los siguientes condicionantes:

  1. Condicionado sanitario exigido por el Comité Organizador o por las autoridades sanitarias correspondientes.

  2. Documentación acreditativa según lo establecido en el artículo 19 apartados a, b y c del presente reglamento.

  3. Cuando se trate de ejemplares que participen en secciones de reproductores, de la sección 7ª a 14ª, estos deberán acreditar haber pasado las revisiones correspondientes que lo acrediten como reproductor, según la legislación vigente en cada momento, si bien se permite a los comités eximir de este requisito en las secciones 7ª y 8ª.

  4. En las secciones 9ª, 11ª, 13ª y 14ª se deberá aportar certificado de inscripción de algún producto suyo nacido en los tres últimos años, si bien se permite a los comités eximir el cumplimiento de este requisito.

  5. Solo se podrán presentar a concurso ejemplares que estén dentro de las capas autorizadas en el Registro de la Raza.

  6. Todos los ejemplares presentados por una ganadería serán de su propiedad.

REGIMEN INTERIOR

Art.21 La entrada del ganado que concurra al Concurso, en el recinto, será durante el día 29 de agosto hasta las 22 horas, no pudiendo ser retirado hasta las 15 horas del día 1 de septiembre sin la autorización expresa del Comité Organizador. La ubicación del ganado en boxes y corraletas dependerá de la Comisión Organizadora, siendo individual para los machos y por parejas para las hembras.

Art.22 La comida de los animales correrá a cargo de la Organización y estará compuesta por forraje de alfalfa o de avena y avena en grano. Asi mismo existirá un servicio de vigilancia policial y técnica (mozos) durante todo el Certamen.

Art.23 Los ganaderos deberán pagar una inscripción por animal de 36 €.

Art.24 Los animales deben ser conducidos de la brida en todo momento, sólo podrán ser montados en los lugares destinados para ello.

Art.25 El plazo de inscripción de los ejemplares será hasta el 24 de Agosto de 2002 a las 14 hs. Las inscripciones se harán por riguroso orden de llegada hasta completar la capacidad del recinto. Junto al boletín de inscripción se aportará la siguiente documentación:

  • Carta genealógica
  • Tarjeta sanitaria.
  • Certificado de desinfección.
  • Documento acreditativo de haber pasado revisiones que le acrediten como reproductor, de las secciones 9ª a la 13ª.
  • Certificado de inscripción de algún producto suyo nacido en los últimos 5 años, en las secciones 9ª, 11ª y 13ª.
  • Copia del resguardo de ingreso.

Las inscripciones se podrán hacer:

  1. Por carta, a la siguiente dirección:
  2. Excmo. Ayuntamiento de Baza
    Unidad de Promoción de Empleo y Desarrollo
    C/ Alhóndiga
    C.P. 18800 BAZA (Granada)

  3. Por teléfono al Nº 958 70 20 10

  4. Por Fax al Nº 958 86 11 51

    Art.26 Todos los ejemplares participantes tendrán que inscribirse en alguna de las Secciones siguientes que se juzgarán por separado:

Sección 1ª Potras de un año.
Sección 2ª Potros de un año.
Sección 3ª Potras de dos años.
Sección 4ª Potros de dos años.
Sección 5ª Potras de tres años.
Sección 6ª Potros de tres años.
Sección 7ª Yeguas de 4 y 5 años.
Sección 8ª Caballos de 4 y 5 años.
Sección 9ª Yeguas de 6 y 7 años.
Sección 10ª Caballos de 6 y 7 años.
Sección 11ª Yeguas de 8 ó más años.
Sección 12ª Caballos de 8 ó más años.
Sección 13ª. Cobras de 3 yeguas.

PREMIOS

Art.27 Los premios que se otorgarán por secciones serán los siguientes:

       Primero                         Medalla de ORO y diploma.
       Segundo                        Medalla de PLATA y diploma.
       Tercero                         Medalla de BRONCE y diploma.
       Cuarto al octavo            Diploma
       Mejores movimientos     Diploma

Art.28 Premios Especiales:

  1. Premio a la MEJOR GANADERIA. Todo ganadero que pretenda optar al premio a la Mejor Ganadería deberá acreditar que todos los productos que presente al concurso, además de llevar su hierro que los identifique, hayan nacido en su ganadería y hayan sido microchipados con el código del mismo ganadero. Cuando un ganadero o explotación ganadera utilice más de una marca o identificación, deberá demostrar que ambos pertenecen a la misma titularidad o empresas del mismo grupo.
  1. Obtendrá el premio a la mejor ganadería aquella que consiga la mayor media aritmética de los puntos obtenidos en función de la clasificación de los productos presentados al concurso, siempre y cuando participe en un mínimo de siete secciones cuando esté establecido en el concurso la participación de trece secciones, seis cuando no concurran la 1ª y la 2ª y cinco cuando no concurran la 1ª, 2ª, 3ª y la 4ª, siendo obligatoria la presentación de yeguas reproductoras de cualquier sección, un semental de cualquier edad y una cobra de tres. Excepcionalmente, se podrá rebajar de 5 a 4 el número de secciones necesarias para obtener este Premio, en el caso de concursos en que no concurran las secciones 1ª, 2ª, 3ª y 4ª y si el Comité Organizador así lo estimase oportuno. En este caso, el ganadero sólo podrá excluir a efecto del cómputo las secciones 5a ó 6a. La sección 13ª computa como una sección individual, esto es, suma los puntos que establece el Anexo X y aumenta en una unidad la división del número de ejemplares presentados por la ganadería.
    Los Premios Especiales del concurso aportarán puntuación para el Premio a la Mejor Ganadería Criadora, a la 2ª Mejor Ganadería Criadora y al Mejor Expositor Ganadero. Los premios de Campeón/a de la Raza sumarán seis puntos. Los de Subcampeón/a de la Raza 4 puntos, el resto de premios especiales aportarán 4 puntos los campeones/as y 2 los subcampeones/as. Esta puntuación se sumará al total de puntos que ostente la ganadería y se dividirá por el total de ejemplares presentados.
    El ejemplar que logra un premio especial, sigue considerándose en la divición como un solo ejemplar. Las cobras de 5 yeguas no computarán para el calculo del Premio a la Mejor Ganadería, si bien, serán el primer criterio de desempate, en su caso.
    Ante un empate, se resolverá a favor de aquella que haya: 1º.- Presentado cobra de tres yeguas. Si hay más de una ganadería en esta situación, la que hubiera obtenido mayor puntuación en esta sección. 2º.- Presentado mayor número de animales. 3º.- Presentado el semental con mayor puntuación. 4º.- Presentado la yegua con mayor puntuación.
  2. A efectos del cálculo para determinar las clasificaciones se tomarán las puntuaciones establecidas en el ANEXO X, dividiendo los puntos obtenidos por los productos presentados.
  1. PREMIO A LA SEGUNDA MEJOR GANADERIA CRIADORA.
    Obtendrá el premio a la 2ª Mejor Ganadería Criadora aquella que consiga la 2ª mayor media aritmética de los puntos obtenidos en función de la clasificación de los produtos presentados al concurso, en las mismas secciones establecidas para el Premio a la Mejor Ganadería Criadora.
  2. PREMIO AL MEJOR EXPOSITOR-GANADERO. Podrá optar al premio al mejor expositor ganadero todo aquel que reuniendo las condiciones exigidas por este reglamento, presente ejemplares de su propiedad en las mismas secciones establecidas para el premio a la Mejor Ganadería, aunque todos o parte no correspondan al hierro de su propiedad, ni estén microchipados con el código del ganadero expositor, del mismo modo se utilizará el cálculo previsto en el anexo X. En caso de empate se aplicarán los mismos criterios que para el premio a la mejor ganadería.
  3. PREMIO AL CAMPEÓN DE LA RAZA, De entre los 1º y 2º clasificados de las secciones 8º, 10º y 12º se elegirá el Campeón y Subcampeón de la raza y se hará de la siguiente forma: a) Se colocará el primer clasificado de cada una de las secciones indicadas en el centro de la pista. b) Esta prueba será calificada por todos los jueces que intervengan en el concurso morfofuncional. Se seguirá el mismo procedimiento de juzgamiento por ficha contenida en el Anexo III utilizado durante el mismo. Será obligatorio cuando intervengan más de 5 jueces eliminar la nota más alta y la más baja. Como en los casos anteriores, los jueces no harán comentarios sobre los ejemplares que se juzgan. c) El Juez o los jueces, elegirán de entre los tres primeros el Campeón. Seguidamente, accederá a pista el segundo clasificado de la sección a la que pertenece el campeón, y se elegirá al subcampeón de la raza por comparación con los otros 2 ejemplares que ya había en la pista.
  4. PREMIO A LA CAMPEONA DE LA RAZA. De entre las secciones 7ª, 9ª y 11ª se elegirá la campeona y Subcampeona de la Raza, utilizando el mismo procedimiento establecido para los sementales. Los jueces emplearán la ficha del Anexo II.
  5. PREMIO AL CAMPEÓN JOVEN. Se establece este premio para las secciones 2ª, 4ª y 6ª, de entre los que se determinará al Campeón y Subcampeón jóvenes. El procedimiento de determinación , será el idéntico al establecido para el Campeón de la Raza.
  6. PREMIO A LA CAMPEONA JOVEN. Se establece este premio para las secciones 1ª, 3ª y 5ª, de entre los que se determinará a la Campeona y Subcampeona jóvenes. El procedimiento de determinación , será el idéntico al establecido para la Campeona de la Raza.
  7. H) PREMIO AL CAMPEÓN DE FUNCIONALIDAD Se establece un premio a la Funcionalidad por cada una de las secciones al semental que mayor puntuación haya obtenido de entre los finalistas de cada sección. Obtendrán automáticamente el premio de Campeón y Subcampeón de la Funcionalidad los ejemplares que consigan la mayor puntuación de las secciones participantes cuando sólo haya un Jurado Calificador. Si por las características del concurso es necesario más de un grupo de jueces, los 3 clasificados en primer lugar de cada sección disputarán el título entre sí en una prueba final calificada por todos los jueces que intervinieron en las pruebas anteriores, manteniendo las normas establecidas para cada sección. El ejemplar que alcance mayor puntuación media entre los jueces será el Campeón de la Funcionalidad. A continuación saldrá a pista el ejemplar clasificado en segundo lugar en cuanto a funcionalidad de la sección a la que pertenece el Campeón y realizará la prueba correspondiente a la misma. La nota final que le asigne el Jurado se comparará con las de los otros 2 sementales que habían efectuado las pruebas y la más alta de ellas determinará al Subcampeón de Funcionalidad del certamen. Como en los casos anteriores, los jueces no harán comentarios sobre los ejemplares que se juzgan. Se crean dos pruebas diferenciadas por edades aumentando el grado de dificultad para los sementales de mayor edad, manteniendo siempre el criterio de calificar únicamente los aires naturales, por lo que los jueces se instarán a valorar éstos según el grado exigido en cada sección, no penalizando los errores del jinete ni la rectitud en las figuras, el jinete podrá elegir el tipo de presentación, teniendo que guardar siempre la indumentaria acorde con la modalidad elegida. Se podrá utilizar filete y/o bocado, así como fusta. En cambio, no están permitidos protectores ni martingalas. El criterio de valoración será el mismo para ambas pruebas, siguiendo lo establecido en el Anexo IV secciones 8º-10º, sementales de 4, 5, 6, y 7 años y Anexo V sementales de 8 años en adelante, sección 12ª.
  8. I) PREMIO A LOS MEJORES MOVIMIENTOS. De entre los ejemplares finalistas de las secciones la 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5", 6", 7ª, 9ª y 11ª se otorgará un Premio a los Mejores Movimientos al ejemplar que Mayor puntuación haya obtenido de la suma de paso y trote presentados al diestro. Este premio no computará para el premio a la Mejor Ganaderia Criadora ni Mejor Expositor Ganadero.
  9. J) CAMPEÓN DE LOS MEJORES MOVIMIENTOS Los ejemplares ganadores de los movimientos de cada una de las secciones competirán entre sí para que el jurado calificador designe al Campeón o Campeona y al Subcampeón/a de los mejores movimientos del certamen para una mejor apreciación efectuarán el doble de recorrido que hicieron en la calificación final, este juzgamiento al igual que los Campeones de la Raza será efectuado por todos los jueces que intervengan en el Morfofuncional y se utilizarán las fichas establecidas en el Anexo VIII.

RESPONSABILIDAD DE LOS JUECES

Art. 29 Dentro de la pista de presentación, el Jurado asumirá la máxima autoridad, siendo sus decisiones en cuanto a las calificaciones inapelables y pudiendo exigir la presentación de los ejemplares en la posición que más convenga al desempeño de su labor, así como que ejecuten los movimientos que considere oportunos. En todo concurso los jueces deberán exigir del Comité Organizador:

  1. La correcta ubicación y delimitación de la pista de presentación.
  2. El correcto funcionamiento del equipo de megafonía en pista.
  3. La correcta identificación de los ejemplares a juzgar.
  4. El máximo rigor en el horario previsto.
  5. Los colaboradores necesarios para el desarrollo de su función.

Si en alguna de las Secciones a juzgar ninguno de los ejemplares en ella presentados tienen, a criterio de los Jueces, la calidad suficiente para ser calificado en cualquier lugar, éste puede ser declarado desierto pasando a clasificarse en los restantes puestos.

Los jueces podrán eliminar de la pista cualquier ejemplar que dé muestras manifiestas de su inmanejabilidad, para evitar accidentes a terceros.

El Secretario del Jurado deberá entregar al Presidente del Comité Organizador las actas correspondientes, debidamente firmadas por los Jueces, en las que aparezcan los resultados Y calificaciones de los ejemplares de cada Sección.

RESPONSABILIDAD DEL GANADERO

Art.30. Todo ganadero que decida presentar productos a un concurso se compromete a respetar el presente reglamento, las condiciones exigidas por el Comité Organizador y aceptar los imprevistos derivados de inclemencias de fuerza mayor, del mismo modo que podrá elevar sus protestas ante el Jurado Superior.

  1. Los ganaderos expositores no podrán presentar un ejemplar cuando casta un conflicto real según lo establecido en el artículo 11º de este Reglamento.
  2. Los ejemplares presentados deberán tener la doma o manejo suficiente para cumplir las funciones a las que fueron presentados.
  3. Todos los ejemplares se presentarán con cabezadas o arneses adecuados y seguros para su edad y sexo, estando prohibido cualquier otro artilugio que modifique la presentación natural del mismo.
  4. Se prohibe terminantemente el uso de medicamentos que puedan enmascarar el estado físico de cualquier ejemplar, salvo que el veterinario del certamen lo autorice. Igualmente se prohibe suministrar al caballo sustancias que alteren el funcionamiento normal y puedan influir en su presentación o movimientos.
  5. El no cumplimiento de las normas establecidas, será sancionado previo expediente por el Organismo competente, pudiendo en este caso la sanción llegar a la inhabilitación del ganadero para uno o varios concursos o a inhabilitar a perpetuidad al sancionado.

DE LOS PRESENTADORES

Art.31 Para la salida a pista de los animales, se exigirá a los presentadores vestimenta acorde con la presentación del ejemplar, siempre a juego con el tipo de monta elegida cuando se trate de la prueba de funcionalidad, y siempre equipo de equitación cuando se trate de presentación a la mano. Los presentadores en todo momento atenderán las indicaciones de Jueces, Comisarios y Jefes de Pista. Cuando un ejemplar no se comporte correctamente en la pista, para no interferir en la presentación del resto de los ejemplares, el presentador pedirá permiso al Juez y abandonará la pista. No está permitido el uso de la tralla en la pista. El jurado del Concurso tendrá la potestad.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Art.32 Todo lo no expuesto en este Reglamento se regirá por el Reglamento General de Concursos Morfofuncionales de ANCCE. Cualquier contradicción o duda que pueda surgir de la interpretación de este reglamento con el Reglamento General de ANCCE, se resolverá con las directrices marcadas por este último.

 
 
 

 

Organiza: Excmo. Ayuntamiento de BAZA

Colaboran: Excma. Dirputación de Granada, Concejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, Caja General de Ahorros de Granada

 

E-mail : ayto-baza@teleline.es


 

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