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Art.1 El Excmo. Ayuntamiento de Baza organiza el VI CAMPEONATO
de Andalucía Oriental de Caballos P.R.E., de acuerdo con lo
dispuesto en las siguientes Bases.
OBJETIVOS
Art.2 Los objetivos que se pretenden con la organización
de este Concurso son los siguientes:
- Contribuir al fomento, expansión y prestigio de la cría
del Caballo de Pura Raza Española en España y en el
extranjero.
- Facilitar a nuestros ganaderos la posibilidad de una mejor selección
de sus productos.
- Impulsar la comercialización del Caballo de Pura Raza Española.
ORGANIZACION
Art.3 Se constituye un Comité Organizador que será
el responsable de la dirección, gestión y administración
del Concurso..
Estará compuesto por:
Presidente: D. Antonio Martínez Martínez, Alcalde
de Baza
Comisario del Certamen: Ramón Pozo Asensio
Director Técnico: Angel Martínez Gómez
Art.4 El Presidente del Comité Organizador es el máximo
responsable del Certamen y ostentará y de él dependerá
el resto de componentes del Comité e igualmente tendrá
la potestad de nombrar a los vocales que considere oportunos o relevar
de sus cargos a unos y otros, antes o durante el Concurso.
- El Comisario del Certamen, ostentará la representación
permanente del Comité Organizador en cuanto a la dirección,
gestión y administración del mismo. Velará
en todo momento por el cumplimiento de las presentes bases así
como de la parte técnica, y que las instalaciones y pista
del concurso reúnan las condiciones precisas.
- El Director Técnico será el responsable de la parte
técnica del concurso.
- Se nombrará un Jefe de Pista que será el encargadode
comprobar la numeración y nombre de todos los ejemplares,
ordenar su entrada y salida a pista y mantener comunicación
con los mayorales.
JURADOS
Art.6 Existirá un Jurado Superior o de Apelación.
Este Jurado será nombrado por el Comité Organizador
y ostentará la máxima autoridad. Entre sus funciones
está resolver cuantas incidencias se presenten en el Concurso,
en la aplicación de estas bases, excepto en materia de calificación
de ejemplares, cuya máxima autoridad la ostentará el
Juez Calificador. Las decisiones del Jurado de Apelación son
inapelables y estará compuesto por:
Presidente:
Antonio Martínez Martínez, Presidente de la Comisión
Organizadora.
Vocales:
Comisario del certamen
Director Técnico.
Veterinario del Certamen.
Art.7 Existirá un Jurado de Admisión compuesto
por un veterinario y un miembro del Comité. Sus funciones serán
las siguientes: examinar los ejemplares a su llegada al recinto y
la documentación oficial solicitada al efecto (sanitaria, genealógica,
etc.). Asimismo observará a los ejemplares antes de la presentación
al Juez Calificador, al que le informará sobre cualquier anomalía
física u orgánica detectada en los mismos.
Art.8 Habrá dos Jueces Calificadores asistidos por
un Secretario. Su decisión en cuanto a la calificación
y clasificación de los ejemplares será inapelable.
El juez o los jueces se limitarán a juzgar los ejemplares en
pista siguiendo las normas establecidas, sin comentar entre ellos
las condiciones buenas o malas de un ejemplar para evitar influir
en el ánimo de otro Juez.
El juez no tocará los ejemplares presentados si bien, al observar
un defecto descalificante lo pondrá en conocimiento del veterinario
del Jurado de Admisión para que sea observado y proceda a retirarlo
de la pista si diera lugar.
Por su condición de juez, tampoco podrá presentar, montar,
enganchar o tener del ramal ningún ejemplar inscrito en el
concurso, así como tampoco podrá asumir funciones de
organizador, comentador, ni funciones relacionadas con el concurso.
El juez o los jueces no podrán recibir ni dar ninguna indicación
concerniente de los caballos, sus orígenes o resultados en
concursos anteriores o de sus propietarios. Sí puede sin embargo
dar esta información una vez que se hayan hecho públicas
las calificaciones.
Los jueces no podrán visitar las instalaciones o propiedades
de un ganadero justo antes o durante el concurso, ni aceptar su hospitalidad.
Ningún juez deberá juzgar deliberadamente un caballo
sobre el que haya un conflicto de intereses real o supuesto, que se
dará en los siguientes casos:
- Ha sido vendido o comprado por un juez, tanto como propietario
como por intermediario.
- Es propiedad total o parcialmente de un juez, de un miembro e
su familia o de un socio de éste en negocios de ejemplares
de P.R.E.
- Ha sido criado por el juez o es propiedad de una ganadería
en la que está empleado el juez.
- Ha sido examinado o tratado regularmente por el juez en su condición
de profesional.
- Si hubiera parentesco familiar entre el juez y el ganadero o presentador
hasta el segundo grado.
Si el conflicto de intereses se presentara en un concruso que está
siendo juzado por 1 o 2 jeuces el ejemplar se retirará de
la competición y se tendrá por no inscrito.
CALIFICACIONES
Art.9 El Juez orientará sus calificaciones de acuerdo
con los parámetros establecidos en el prototipo del Caballo
Español. La observación del ejemplar para la calificación
será visual. Nunca se podrá tocar o señalar ostensiblemente
zonas o partes concretas del ejemplar en la pista por parte del Juez.
Art.10 El Secretario del Juez entregará al Presidente
del Comité Organizador las actas correspondientes, debidamente
firmadas por el Juez, en la que aparecerán los resultados y
calificaciones de los ejemplares de cada sección.
Art.11 Si en alguna de las Secciones a juzgar ninguno de los
ejemplares en ella presentados tienen a juicio del Juez la calidad
suficiente para ser calificado en los primeros lugares, éste
puede ser declarado desierto pasando a clasificarse los mismos en
los restantes puestos.
Art.12 Dentro de la pista de presentación, el Juez
asume la máxima autoridad, pudiendo exigir la presentación
de los ejemplares en la posición que más convengan a
su función así como que ejecuten los movimientos que
considere oportunos.
Los animales al salir a la pista solamente podrán llevar serretones
o cabezadas de presentación quedando terminantemente prohibido
cualquier otro artilugio que modifique la presentación natural
del mismo. Por otra parte, una vez que los ejemplares participantes
en cualquier sección hayan entrado en la pista de calificación,
éstos no la podrán abandonar por ningún concepto,
salvo con la autorización expresa del Juez.
Art.13 Los Jueces emplearán en todas sus actuaciones
de los diferentes Certámenes, los impresos oficiales para efectuar
sus calificaciones, según el procedimiento que se elija en
cada caso, debiendo éste hacerse público antes del comienzo
de cada concurso. Para rellenar las fichas siempre se utilizarán
rotulador, bolígrafo, pluma, etc., nunca lápiz. Si existieran
tachaduras o enmiendas, se tendrán por válidas cuando
el juez las asuma firmando las mismas.
Los métodos a utilizar podrán ser los siguientes:
- Por el método comparativo, asignando una puntuación
total a cada uno de los ejemplares finalistas. Cuando esta fórmula
se lleve a cabo por más de un juez, cada uno de ellos asignará
un número de puntos a los finalistas y la división
entre el número de jueces determinará el puesto de
cada ejemplar. Este método sólo se podrá emplear
en los concursos con menos de 75 ejemplares.
- Por el método de ficha por regiones, en cuyo caso la suma
de las puntuaciones de la ficha de cada juez, dividida por el número
de jueces decidirá la media de los puntos de cada ejemplar
y el puesto en la calificación de la sección.
- Según lo establecido en el apartado b) del artículo
15 del presente reglamento cuando fuera necesario eliminar algunos
ejemplares por el sistema de rueda y participe más de un
juez, para que un ejemplar sea eliminado, tendrán que coincidir
dos jueces
- Durante la calificación de una sección los jueces
podrán exigir para su mejor reconocimiento la presentación
o movimientos de un ejemplar en la forma que consideren oportuna.
Para ello, cada uno de los jueces intervinientes deberá
rellenar una ficha recogida en el Anexo IX indicando las regiones
que motivan la eliminación del ejemplar, obviamente, siguiendo
el mismo criterio que se observaría para el juzgamiento
final.
- En el método de ficha por regiones, las distintas secciones
se juzgarán con los anexos siguientes:
· Secciones
2º, 4º y 6º: Anexo I
· Secciones
1º, 3º, 5º, 7º, 9º y 11ª: Anexo II
· Secciones
8º, 10º y 12ª: Anexo III
· Sección
13ª: Anexo VI
- La prueba de funcionalidad será obligatoria para los sementales
de las secciones 8º, 10º y 12º para completar su
calificación. La puntuación obtenida en dicha prueba
supondrá el 25% de la puntuación total, correspondiéndole
el 75% restante a la puntuación obtenida en morfología.
La puntuación se aplicará de forma directa tal como
se indica en la tabla de los anexos IV y V, siendo el primero de
ellos para las secciones 8' y 10', y el segundo para la sección
12'.
- Para determinar el Campeón de Mejores Movimientos se aplicará
el Anexo VIII.
- El Premio a la Mejor Ganadería Ciradorao o Expositora,
se obtendrá según lo establecido en el Anexo X así
como el 2º clasificado en la Mejor Ganadería Ciradora.
PROCEDIMIENTO
Art.14 Como se establece en el artículo 13, el procedimiento
para juzgar las distintas secciones de un Concurso Morfológico,
dependerá del número de ejemplares de cada una de ellas,
así como de los jueces que intervengan en el juzgamiento. En
cualquiera de los casos que elija el Comité organizador, deberá
tener en cuenta los siguientes puntos:
- Como regla general, se eliminarán por el sistema de rueda,
dejando en pista el número que corresponda aplicando lo establecido
en el punto d) de este mismo artículo.
- Cuando el número de ejemplares de una sección sea
tan amplio que no quepa en la pista de presentación, estos
se dividirán en cuantas tandas sea necesario.
- Una vez han entrado en pista los ejemplares de una tanda, el juez
o los jueces procederán a examinar a todos ellos la morfología
y sus movimientos al paso y al trote, para lo cual se colocarán
todos en el lateral de la pista preparado al efecto, en orden inverso
a su numeración, tal y como queda indicado en el Anexo XI y
se irán pasando uno por uno por la zona reservada a juzgamiento.
- Para determinar el número de ejemplares que deberá
quedar en pista en cada una de las secciones se establecerá
la siguiente tabla: Secciones con menos de 25 ejemplares: 10 finalistas
Secciones entre 25 y 50 ejemplares: 12 finalistas. Secciones con más
de 50 ejemplares: 15 finalistas. Cuando en una sección concurran
menos de 15 ejemplares se juzgarán todos y cada uno de ellos
por el métod de ficha por regiones, si bien la prueba de funcionalidad
sólo la realizarán los finalistas.
- En todos los casos y sea cual fuere la forma de calificación
establecida en este reglamento, el juez o los jueces, una vez clasificados
los ejemplares finalistas, no podrán alterar el orden modificando
la puntuación de los ejemplares.
- En caso de empate en la puntuación final de una sección,
se resolverá por el Juez que previamente haya determinao el
Comité Organizador para cada sección.. En las secciones
de sementales se aplicará dicho método cuando coincidan
las puntuaciones en morfología y funcionalidad. Cuando esto
no ocurra, se clasificará por delante el ejemplar con mejor
nota morfológica.
DOCUMENTACION
Art.15 Pueden participar los caballos, yeguas, potros y potras
de P.R.E., inscritos en el Registro-Matrícula, bien en el registro
de nacimientos o en el registro definitivo de reproductores según
el que por su edad le corresponda.
Art.16 Los ganaderos que concurran con sus ejemplares al Concurso,
quedan obligados a entregar al Jurado de Admisión, las fotocopias
de las Cartas de Origen o Certificados de Nacimiento de los mismos,
así como a facilitar cualquier dato de identificación
que les sea requerido. Todos los ejemplares presentados por una ganadería
serán de su propiedad.
CONDICIONES SANITARIAS
Art.17 Los animales procederán de explotaciones en
las que en los últimos treinta días anteriores al transporte
no se haya detectado la presencia de enfermedad infecto contagiosa.
Deberán haber sido sometidos a tratamiento contra parasitosis
internas y externas.
Los animales autorizados se desplazarán portando la siguiente
documentación, que podrá ser exigida por los Servicios
Veterinarios Oficiales:
- Tarjeta sanitaria equina.
- Guía de origen y sanidad pecuaria.
- Certificado del Veterinario que acredite el cumplimiento del punto
2 del presente Condicionado.
- El transporte de los animales se efectuará directamente desde
las explotaciones, en vehículos previamente desinfectados,
desinsectados y acondicionados.
- Cuando se trate de ejemplares que participen en secciones de reproductores
(secciones 9ª a 13ª) estos deberán acreditar haber
pasado las revisiones correspondientes que lo acrediten como reproductor,
según la legislación vigente en cada momento (se excluyen
las secciones 7ª y 8ª).
- En las secciones 9ª, 11ª y 13ª, se deberá
aportar certificado de inscripción de algún producto
suyo nacido en los 5 últimos años.
Sólo se podrán presentar a concurso, ejemplares que
estén dentro de las capas autorizadas en el Registro de la Raza.
SERVICIO VETERINARIO
Art.18 Habrá un Equipo Veterinario compuesto por un
Veterinario y auxiliado por un Herrador. Estará a disposición
de los Señores Ganaderos y sus emolumentos correrán
a cargo de la Organización, no así los gastos de medicamentos
que serán por cuenta del ganadero.
RECEPCIÓN DE LOS ANIMALES
Art.19 El Comité Organizador designará un JURADO
DE ADMISIÓN compuesto, como mínimo, del Comisario del
Certamen, el Director Técnico y el Veterinario especialista
en equinos, auxiliado por un equipo adecuado al número de animales
a recepcionar. El jurado encargado de la recepción examinará
cuidadosamente los puntos exigidos en el artículo anterior
y exigirá los expuestos en los apartados siguientes:
- Guías de sanidad y transporte.
- Certificado sanitario que en cada momento y lugar exijan las autoridades
competentes y enunciadas por el Comité Organizador.
- Fotocopia de las cartas genealógicas de los ejemplares que
asistan al concurso.
- Comprobación del microchip para determinar que el ejemplar
corresponde a la documentación presentada.
-
El jurado de admisión, previo examen del veterinario, podrá
rechazar a aquellos ejemplares que manifiesten algún defecto
físico, bien de carácter congénito o accidental,
o con fundadas sospechas de enfermedad, siempre que no se presuma
pueda ser curado antes de su salida a pista, en cuyo momento el
mismo veterinario dará autorización para su participación.
El Jurado de Admisión, como máxima autoridad durante
los días de entrada del ganado es el responsable de admitir
o rechazar aquellos ejemplares que no se ajusten a las normas establecidas
en el presente reglamento. Una vez ha sido autorizada la recepción
del animal por el Jurado de Admisión como apto para concursar,
se considerará como oficialmente inscrito, siendo obligatoria
su participación en la sección que le corresponda.
En caso de no comparecer a pista se entenderá exlcuido en
la rueda clasificatoria de su sección, obteniendo la puntuación
establecida a sus efectos en el anexo X Igualmente, podrá
efectuar cuantos controles sobre los animales estime oportunos durante
la duración del concurso. Las decisiones de este jurado podrán
ser recurridas ante el Jurado Superior.
DE LOS EJEMPLARES
Art. 20: Todos los ejemplares que vayanb a ser presentados
a Concurso deberán estar en buen estado fisico y cumplir
además los siguientes condicionantes:
- Condicionado sanitario exigido por el Comité Organizador
o por las autoridades sanitarias correspondientes.
- Documentación acreditativa según lo establecido en
el artículo 19 apartados a, b y c del presente reglamento.
- Cuando se trate de ejemplares que participen en secciones de reproductores,
de la sección 7ª a 14ª, estos deberán acreditar
haber pasado las revisiones correspondientes que lo acrediten como
reproductor, según la legislación vigente en cada momento,
si bien se permite a los comités eximir de este requisito en
las secciones 7ª y 8ª.
- En las secciones 9ª, 11ª, 13ª y 14ª se deberá
aportar certificado de inscripción de algún producto
suyo nacido en los tres últimos años, si bien se permite
a los comités eximir el cumplimiento de este requisito.
- Solo se podrán presentar a concurso ejemplares que estén
dentro de las capas autorizadas en el Registro de la Raza.
- Todos los ejemplares presentados por una ganadería serán
de su propiedad.
REGIMEN INTERIOR
Art.21 La entrada del ganado que concurra al Concurso, en
el recinto, será durante el día 29 de agosto hasta las
22 horas, no pudiendo ser retirado hasta las 15 horas del día
1 de septiembre sin la autorización expresa del Comité
Organizador. La ubicación del ganado en boxes y corraletas
dependerá de la Comisión Organizadora, siendo individual
para los machos y por parejas para las hembras.
Art.22 La comida de los animales correrá a cargo de
la Organización y estará compuesta por forraje de alfalfa
o de avena y avena en grano. Asi mismo existirá un servicio
de vigilancia policial y técnica (mozos) durante todo el Certamen.
Art.23 Los ganaderos deberán pagar una inscripción
por animal de 36 €.
Art.24 Los animales deben ser conducidos de la brida en todo
momento, sólo podrán ser montados en los lugares destinados
para ello.
Art.25 El plazo de inscripción de los ejemplares será
hasta el 24 de Agosto de 2002 a las 14 hs. Las inscripciones se harán
por riguroso orden de llegada hasta completar la capacidad del recinto.
Junto al boletín de inscripción se aportará la
siguiente documentación:
- Carta genealógica
- Tarjeta sanitaria.
- Certificado de desinfección.
- Documento acreditativo de haber pasado revisiones que le acrediten
como reproductor, de las secciones 9ª a la 13ª.
- Certificado de inscripción de algún producto suyo
nacido en los últimos 5 años, en las secciones 9ª,
11ª y 13ª.
- Copia del resguardo de ingreso.
Las inscripciones se podrán hacer:
- Por carta, a la siguiente dirección:
Excmo. Ayuntamiento de Baza
Unidad de Promoción de Empleo y Desarrollo
C/ Alhóndiga
C.P. 18800 BAZA (Granada)
- Por teléfono al Nº 958 70 20 10
- Por Fax al Nº 958 86 11 51
Art.26 Todos los ejemplares participantes tendrán
que inscribirse en alguna de las Secciones siguientes que se juzgarán
por separado:
Sección 1ª Potras de un año.
Sección 2ª Potros de un año.
Sección 3ª Potras de dos años.
Sección 4ª Potros de dos años.
Sección 5ª Potras de tres años.
Sección 6ª Potros de tres años.
Sección 7ª Yeguas de 4 y 5 años.
Sección 8ª Caballos de 4 y 5 años.
Sección 9ª Yeguas de 6 y 7 años.
Sección 10ª Caballos de 6 y 7 años.
Sección 11ª Yeguas de 8 ó más años.
Sección 12ª Caballos de 8 ó más años.
Sección 13ª. Cobras de 3 yeguas.
PREMIOS
Art.27 Los premios que se otorgarán por secciones serán
los siguientes:
Primero Medalla
de ORO y diploma.
Segundo Medalla
de PLATA y diploma.
Tercero Medalla
de BRONCE y diploma.
Cuarto al octavo
Diploma
Mejores movimientos
Diploma
Art.28 Premios Especiales:
- Premio a la MEJOR GANADERIA. Todo ganadero que pretenda optar al
premio a la Mejor Ganadería deberá acreditar que todos
los productos que presente al concurso, además de llevar su
hierro que los identifique, hayan nacido en su ganadería y
hayan sido microchipados con el código del mismo ganadero.
Cuando un ganadero o explotación ganadera utilice más
de una marca o identificación, deberá demostrar que
ambos pertenecen a la misma titularidad o empresas del mismo grupo.
- Obtendrá el premio a la mejor ganadería aquella que
consiga la mayor media aritmética de los puntos obtenidos en
función de la clasificación de los productos presentados
al concurso, siempre y cuando participe en un mínimo de siete
secciones cuando esté establecido en el concurso la participación
de trece secciones, seis cuando no concurran la 1ª y la 2ª
y cinco cuando no concurran la 1ª, 2ª, 3ª y la 4ª,
siendo obligatoria la presentación de yeguas reproductoras
de cualquier sección, un semental de cualquier edad y una cobra
de tres. Excepcionalmente, se podrá rebajar de 5 a 4 el número
de secciones necesarias para obtener este Premio, en el caso de concursos
en que no concurran las secciones 1ª, 2ª, 3ª y 4ª
y si el Comité Organizador así lo estimase oportuno.
En este caso, el ganadero sólo podrá excluir a efecto
del cómputo las secciones 5a ó 6a. La sección
13ª computa como una sección individual, esto es, suma
los puntos que establece el Anexo X y aumenta en una unidad la división
del número de ejemplares presentados por la ganadería.
Los Premios Especiales del concurso aportarán puntuación
para el Premio a la Mejor Ganadería Criadora, a la 2ª
Mejor Ganadería Criadora y al Mejor Expositor Ganadero. Los
premios de Campeón/a de la Raza sumarán seis puntos.
Los de Subcampeón/a de la Raza 4 puntos, el resto de premios
especiales aportarán 4 puntos los campeones/as y 2 los subcampeones/as.
Esta puntuación se sumará al total de puntos que ostente
la ganadería y se dividirá por el total de ejemplares
presentados.
El ejemplar que logra un premio especial, sigue considerándose
en la divición como un solo ejemplar. Las cobras de 5 yeguas
no computarán para el calculo del Premio a la Mejor Ganadería,
si bien, serán el primer criterio de desempate, en su caso.
Ante un empate, se resolverá a favor de aquella que haya: 1º.-
Presentado cobra de tres yeguas. Si hay más de una ganadería
en esta situación, la que hubiera obtenido mayor puntuación
en esta sección. 2º.- Presentado mayor número de
animales. 3º.- Presentado el semental con mayor puntuación.
4º.- Presentado la yegua con mayor puntuación.
- A efectos del cálculo para determinar las clasificaciones
se tomarán las puntuaciones establecidas en el ANEXO X, dividiendo
los puntos obtenidos por los productos presentados.
- PREMIO A LA SEGUNDA MEJOR GANADERIA CRIADORA.
Obtendrá el premio a la 2ª Mejor Ganadería Criadora
aquella que consiga la 2ª mayor media aritmética de los
puntos obtenidos en función de la clasificación de los
produtos presentados al concurso, en las mismas secciones establecidas
para el Premio a la Mejor Ganadería Criadora.
- PREMIO AL MEJOR EXPOSITOR-GANADERO. Podrá optar al premio
al mejor expositor ganadero todo aquel que reuniendo las condiciones
exigidas por este reglamento, presente ejemplares de su propiedad
en las mismas secciones establecidas para el premio a la Mejor Ganadería,
aunque todos o parte no correspondan al hierro de su propiedad, ni
estén microchipados con el código del ganadero expositor,
del mismo modo se utilizará el cálculo previsto en el
anexo X. En caso de empate se aplicarán los mismos criterios
que para el premio a la mejor ganadería.
- PREMIO AL CAMPEÓN DE LA RAZA, De entre los 1º y 2º
clasificados de las secciones 8º, 10º y 12º se elegirá
el Campeón y Subcampeón de la raza y se hará
de la siguiente forma: a) Se colocará el primer clasificado
de cada una de las secciones indicadas en el centro de la pista. b)
Esta prueba será calificada por todos los jueces que intervengan
en el concurso morfofuncional. Se seguirá el mismo procedimiento
de juzgamiento por ficha contenida en el Anexo III utilizado durante
el mismo. Será obligatorio cuando intervengan más de
5 jueces eliminar la nota más alta y la más baja. Como
en los casos anteriores, los jueces no harán comentarios sobre
los ejemplares que se juzgan. c) El Juez o los jueces, elegirán
de entre los tres primeros el Campeón. Seguidamente, accederá
a pista el segundo clasificado de la sección a la que pertenece
el campeón, y se elegirá al subcampeón de la
raza por comparación con los otros 2 ejemplares que ya había
en la pista.
- PREMIO A LA CAMPEONA DE LA RAZA. De entre las secciones 7ª,
9ª y 11ª se elegirá la campeona y Subcampeona de
la Raza, utilizando el mismo procedimiento establecido para los sementales.
Los jueces emplearán la ficha del Anexo II.
- PREMIO AL CAMPEÓN JOVEN. Se establece este premio para las
secciones 2ª, 4ª y 6ª, de entre los que se determinará
al Campeón y Subcampeón jóvenes. El procedimiento
de determinación , será el idéntico al establecido
para el Campeón de la Raza.
- PREMIO A LA CAMPEONA JOVEN. Se establece este premio para las secciones
1ª, 3ª y 5ª, de entre los que se determinará
a la Campeona y Subcampeona jóvenes. El procedimiento de determinación
, será el idéntico al establecido para la Campeona de
la Raza.
- H) PREMIO AL CAMPEÓN DE FUNCIONALIDAD Se establece un premio
a la Funcionalidad por cada una de las secciones al semental que mayor
puntuación haya obtenido de entre los finalistas de cada sección.
Obtendrán automáticamente el premio de Campeón
y Subcampeón de la Funcionalidad los ejemplares que consigan
la mayor puntuación de las secciones participantes cuando sólo
haya un Jurado Calificador. Si por las características del
concurso es necesario más de un grupo de jueces, los 3 clasificados
en primer lugar de cada sección disputarán el título
entre sí en una prueba final calificada por todos los jueces
que intervinieron en las pruebas anteriores, manteniendo las normas
establecidas para cada sección. El ejemplar que alcance mayor
puntuación media entre los jueces será el Campeón
de la Funcionalidad. A continuación saldrá a pista el
ejemplar clasificado en segundo lugar en cuanto a funcionalidad de
la sección a la que pertenece el Campeón y realizará
la prueba correspondiente a la misma. La nota final que le asigne
el Jurado se comparará con las de los otros 2 sementales que
habían efectuado las pruebas y la más alta de ellas
determinará al Subcampeón de Funcionalidad del certamen.
Como en los casos anteriores, los jueces no harán comentarios
sobre los ejemplares que se juzgan. Se crean dos pruebas diferenciadas
por edades aumentando el grado de dificultad para los sementales de
mayor edad, manteniendo siempre el criterio de calificar únicamente
los aires naturales, por lo que los jueces se instarán a valorar
éstos según el grado exigido en cada sección,
no penalizando los errores del jinete ni la rectitud en las figuras,
el jinete podrá elegir el tipo de presentación, teniendo
que guardar siempre la indumentaria acorde con la modalidad elegida.
Se podrá utilizar filete y/o bocado, así como fusta.
En cambio, no están permitidos protectores ni martingalas.
El criterio de valoración será el mismo para ambas pruebas,
siguiendo lo establecido en el Anexo IV secciones 8º-10º,
sementales de 4, 5, 6, y 7 años y Anexo V sementales de 8 años
en adelante, sección 12ª.
- I) PREMIO A LOS MEJORES MOVIMIENTOS. De entre los ejemplares finalistas
de las secciones la 1ª, 2ª, 3ª, 4ª, 5", 6",
7ª, 9ª y 11ª se otorgará un Premio a los Mejores
Movimientos al ejemplar que Mayor puntuación haya obtenido
de la suma de paso y trote presentados al diestro. Este premio no
computará para el premio a la Mejor Ganaderia Criadora ni Mejor
Expositor Ganadero.
- J) CAMPEÓN DE LOS MEJORES MOVIMIENTOS Los ejemplares ganadores
de los movimientos de cada una de las secciones competirán
entre sí para que el jurado calificador designe al Campeón
o Campeona y al Subcampeón/a de los mejores movimientos del
certamen para una mejor apreciación efectuarán el doble
de recorrido que hicieron en la calificación final, este juzgamiento
al igual que los Campeones de la Raza será efectuado por todos
los jueces que intervengan en el Morfofuncional y se utilizarán
las fichas establecidas en el Anexo VIII.
RESPONSABILIDAD DE LOS JUECES
Art. 29 Dentro de la pista de presentación, el Jurado
asumirá la máxima autoridad, siendo sus decisiones en
cuanto a las calificaciones inapelables y pudiendo exigir la presentación
de los ejemplares en la posición que más convenga al desempeño
de su labor, así como que ejecuten los movimientos que considere
oportunos. En todo concurso los jueces deberán exigir del Comité
Organizador:
- La correcta ubicación y delimitación de la pista de
presentación.
- El correcto funcionamiento del equipo de megafonía en pista.
- La correcta identificación de los ejemplares a juzgar.
- El máximo rigor en el horario previsto.
- Los colaboradores necesarios para el desarrollo de su función.
Si en alguna de las Secciones a juzgar ninguno de los ejemplares en
ella presentados tienen, a criterio de los Jueces, la calidad suficiente
para ser calificado en cualquier lugar, éste puede ser declarado
desierto pasando a clasificarse en los restantes puestos.
Los jueces podrán eliminar de la pista cualquier ejemplar que
dé muestras manifiestas de su inmanejabilidad, para evitar accidentes
a terceros.
El Secretario del Jurado deberá entregar al Presidente del Comité
Organizador las actas correspondientes, debidamente firmadas por los
Jueces, en las que aparezcan los resultados Y calificaciones de los
ejemplares de cada Sección.
RESPONSABILIDAD DEL GANADERO
Art.30. Todo ganadero que decida presentar productos a un
concurso se compromete a respetar el presente reglamento, las condiciones
exigidas por el Comité Organizador y aceptar los imprevistos
derivados de inclemencias de fuerza mayor, del mismo modo que podrá
elevar sus protestas ante el Jurado Superior.
- Los ganaderos expositores no podrán presentar un ejemplar
cuando casta un conflicto real según lo establecido en el artículo
11º de este Reglamento.
- Los ejemplares presentados deberán tener la doma o manejo
suficiente para cumplir las funciones a las que fueron presentados.
- Todos los ejemplares se presentarán con cabezadas o arneses
adecuados y seguros para su edad y sexo, estando prohibido cualquier
otro artilugio que modifique la presentación natural del mismo.
- Se prohibe terminantemente el uso de medicamentos que puedan enmascarar
el estado físico de cualquier ejemplar, salvo que el veterinario
del certamen lo autorice. Igualmente se prohibe suministrar al caballo
sustancias que alteren el funcionamiento normal y puedan influir en
su presentación o movimientos.
- El no cumplimiento de las normas establecidas, será sancionado
previo expediente por el Organismo competente, pudiendo en este caso
la sanción llegar a la inhabilitación del ganadero para
uno o varios concursos o a inhabilitar a perpetuidad al sancionado.
DE LOS PRESENTADORES
Art.31 Para la salida a pista de los animales, se exigirá
a los presentadores vestimenta acorde con la presentación del
ejemplar, siempre a juego con el tipo de monta elegida cuando se trate
de la prueba de funcionalidad, y siempre equipo de equitación
cuando se trate de presentación a la mano. Los presentadores
en todo momento atenderán las indicaciones de Jueces, Comisarios
y Jefes de Pista. Cuando un ejemplar no se comporte correctamente en
la pista, para no interferir en la presentación del resto de
los ejemplares, el presentador pedirá permiso al Juez y abandonará
la pista. No está permitido el uso de la tralla en la pista.
El jurado del Concurso tendrá la potestad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Art.32 Todo lo no expuesto en este Reglamento se regirá
por el Reglamento General de Concursos Morfofuncionales de ANCCE. Cualquier
contradicción o duda que pueda surgir de la interpretación
de este reglamento con el Reglamento General de ANCCE, se resolverá
con las directrices marcadas por este último.
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